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Documentos públicos de Argentina que van a ser presentados en el extranjero en otro idioma

En síntesis, hay tres pasos:

1

Apostillar los documentos públicos en castellano si el país de destino es un país miembro del Convenio de la Haya / Solicitar Legalización internacional para todos los demás países.

2

Traducir los documentos apostillados/legalizados al idioma del país de destino y legalizar la firma digital de la traducción ante el CTPRN.

3

Apostillar la traducción legalizada.

IMPORTANTE: Por disposición de Cancillería, ya no se apostillan traducciones públicas con firma ológrafa.

Estos tres pasos son, en la mayoría de los casos, obligatorios para que un documento público argentino sea válido en el extranjero si requiere traducción.

Desde abril de 2019, TODAS las apostillas argentinas son digitales, independientemente de si el documento apostillado es un documento con firma ológrafa (documento en papel) o con firma digital (documento digital). El CTPRN ya no legaliza traducciones cuyo documento fuente es una apostilla impresa. Para legalizar documentos apostillados, solicitar traducción y legalización con firma digital.

¿Por qué se necesita la apostilla/legalización internacional?

Para que un documento público argentino sea reconocido en el extranjero, debe estar apostillado o legalizado con validez internacional por nuestro Ministerio de Relaciones Exteriores.

Una vez apostillado/legalizado el documento, el documento se traduce (por Traductor/a Público/a matriculado/a) y luego se envía nuevamente a apostillar/legalizar. En este caso, el Ministerio de Relaciones Exteriores, por medio de sus legalizadores, reconoce que la autoridad del Colegio de Traductores que certifica la firma del traductor o la traductora tiene potestad para hacerlo y certifica esa firma ante las autoridades del país extranjero en el que se presente el documento.

El trámite se realiza a través de la Plataforma Trámites a Distancia o en la Sección Consular del Colegio Notarial de Río Negro.

A partir del julio de 2022, las apostillas que se tramiten en la Delegación del Colegio de Notarios de Río Negro en San Carlos de Bariloche y General Roca se solicitan por correo electrónico y se hacen 100 % en formato digital.

Para solicitar una apostilla a la Delegación de San Carlos de Bariloche, escribir por correo electrónico a la siguiente casilla para iniciar el trámite: apostillasbariloche@gmail.com 

Colegio Notarial de Río Negro en General Roca: calle Don Bosco N.º 1390 (Teléfono: 0298 442-5536 – Interno 15).

Colegio Notarial de Río Negro en San Carlos de Bariloche: calle Elflein 225 (Teléfono: 0294 442-2535).

Para ver más información, ingresar a la página de Cancillería: Apostillado/legalización internacional de documentos públicos.

¿Qué documentos se pueden apostillar/legalizar?

  • Partidas del registro civil – Enlace para solicitar partidas digitales de Río Negro (elegir la opción SOLO DIGITAL en el campo formato de entrega). Acceder a este enlace para solicitar partidas digitales de Provincia de Buenos Aires y a este enlace para solicitar partidas digitales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

  • Documentos académicos universitarios (los documentos emitidos con anterioridad al 01/01/2012 deberán estar legalizados previamente por el Ministerio del Interior; los documentos emitidos con posterioridad al 01/01/2012 (incluidos los emitidos con firma digital de cualquier Universidad) deben contar con la legalización de la Dirección de Gestión y Fiscalización Universitaria del Ministerio de Educación (trámite que se solicita en la universidad emisora del título/diploma)

  • Documentos académicos, secundarios o terciarios (los emitidos con anterioridad al 01/01/2010 deberán estar legalizados previamente por el Ministerio del Interior; los emitidos con posterioridad al 01/01/2010 pueden tramitarse directamente).

  • Documentos notariales (todo documento emitido por un Escribano Público)

  • Documentos emitidos por autoridades judiciales

  • Certificados de antecedentes penales – Se tramitan en este enlace

  • Certificados que emite la Cámara Nacional Electoral (se tramitan en la Plataforma TAD)

  • Certificados de legalidad de licencias de conducir (se tramitan en la Plataforma TAD)

  • Traducciones efectuadas por Traductor/a Público/a argentino/a (únicamente si el documento al que corresponde la traducción ya se encuentra previamente intervenido con Apostilla o legalización con validez internacional y la traducción está certificada -legalizada- con firma digital por el Colegio de Traductores Públicos correspondiente)

  • Las Copias de documentos pueden ser intervenidos con Apostilla o legalización de validez internacional, únicamente si el documento original al que corresponde la copia ya se encuentra previamente intervenido con Apostilla o legalización con validez internacional, y se encuentran certificadas por Escribana/o Pública/o -y por el Colegio de Escribanos correspondiente- u otra autoridad competente.

  • Los únicos documentos que pueden ser intervenidos con Apostilla o legalización con validez internacional directamente en copia certificada ante Escribana/o Pública/o (y por el Colegio de Escribanos correspondiente), sin necesidad de que estén previamente apostillados o legalizados, son aquellos que no tienen una firma certificante (por ejemplo: DNI, Pasaporte y similares).

Para confirmar su autenticidad, las Apostillas y legalizaciones con validez internacional emitidas por la Argentina pueden ser verificadas (descargadas) en el sitio web que figura en la legalización: www.argentina.gob.ar/relacionesexterioresyculto/legalizacion-internacional (se ingresa la información que figura en la apostilla o legalización para poder descargar el documento de la Apostilla/Legalización con el documento fuente embebido -adjunto-).

Documentos públicos extranjeros que van a presentarse en el país.

Para que los documentos públicos extranjeros tengan validez en Argentina, deben estar apostillados en su país de origen. Una vez traducidos, no necesitan ser apostillados nuevamente.

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