Documentos públicos de Argentina que van a ser presentados en el extranjero en otro idioma 

En síntesis, hay tres pasos:

1

Apostillar los documentos públicos en castellano si el país de destino es un país miembro del Convenio de la Haya / Solicitar Legalización internacional para todos los demás países.

2

Traducir los documentos apostillados/legalizados al idioma del país de destino y legalizar la firma de la traducción ante el CTPRN.

3

Apostillar la traducción legalizada

Estos tres pasos son en la mayoría de los casos obligatorios para que un documento público argentino sea válido en el extranjero.

Desde abril de 2019, TODAS las apostillas argentinas son digitales, independientemente de si el documento apostillado es un documento con firma ológrafa (documento en papel) o con firma digital (documento digital).

¿Por qué se necesita la apostilla/legalización internacional?

Para que un documento público argentino sea válido en el extranjero, debe estar apostillado o legalizado con validez internacional por el Ministerio de Relaciones Exteriores para que sea reconocido en el país de destino.

Una vez apostillado/legalizado el documento, el documento se traduce (por Traductor/a Público/a matriculado/a) y luego se envía nuevamente a apostillar/legalizar. En este caso, el Ministerio de Relaciones Exteriores, por medio de sus legalizadores, reconoce que la autoridad del Colegio de Traductores que certifica la firma del traductor tiene potestad para hacerlo y certifica esa firma ante las autoridades del país extranjero en el que se presente el documento.

El trámite se realiza a través de la Plataforma Trámites a Distancia o en la Sección Consular del Colegio Notarial de Río Negro.

A partir del julio de 2022 las apostillas que se tramiten en la Delegación del Colegio de Notarios de Río Negro en San Carlos de Bariloche y General Roca se solicitan por correo electrónico y se hacen 100% en formato digital.

Para solicitar una apostilla a la Delegación de San Carlos de Bariloche, escribir por correo electrónico a la siguiente casilla para iniciar el trámite: apostillasbariloche@gmail.com 

Colegio Notarial de Río Negro en General Roca: calle Don Bosco N.º 1390 (Teléfono: 0298 442-5536 – Interno 15).

Colegio Notarial de Río Negro en San Carlos de Bariloche: calle Elflein 225 (Teléfono: 0294 442-2535).

Para ver más información, ingresar a la página de Cancillería: Apostillado/legalización internacional de documentos públicos.

¿Qué documentos se pueden apostillar?

  • Partidas del registro civil
  • Documentos académicos universitarios (los documentos emitidos con anterioridad al 01/01/2012 deberán estar legalizados previamente por el Ministerio del Interior; los documentos emitidos con posterioridad al 01/01/2012 (incluidos los emitidos con firma digital de cualquier Universidad) deben contar con la legalización de la Dirección de Gestión y Fiscalización Universitaria del Ministerio de Educación
  • Documentos académicos, secundarios o terciarios (los emitidos con anterioridad al 01/01/2010 deberán estar legalizados previamente por el Ministerio del Interior; los emitidos con posterioridad al 01/01/2010 puede iniciarse el trámite de manera directa.
  • Documentos notariales (todo documento emitido por un Escribano Público)
  • Documentos emitidos por autoridades judiciales
  • Certificados de antecedentes penales
  • Certificados que emite la Cámara Nacional Electoral (TAD)
  • Certificados de legalidad de licencias de conducir.
  • Traducciones efectuadas por Traductor/a Público/a argentino/a (únicamente si el documento original al que corresponde la traducción ya se encuentra previamente intervenido con Apostilla o legalización con validez internacional y certificada por el Colegio de Traductores Públicos correspondiente)
  • Las Copias de documentos pueden ser intervenidos con Apostilla o legalización de validez internacional, únicamente si el documento original al que corresponde la copia ya se encuentra previamente intervenido con Apostilla o legalización con validez internacional, y se encuentran certificadas por Escribana/o Pública/o -y por el Colegio de Escribanos correspondiente- u otra autoridad competente.
  • Los únicos documentos que pueden ser intervenidos con Apostilla o legalización con validez internacional directamente en copia certificada ante Escribana/o Pública/o (y por el Colegio de Escribanos correspondiente), sin necesidad de que estén previamente apostillados o legalizados, son aquellos que no tienen una firma certificante (por ejemplo: DNI, Pasaporte y similares).

Para confirmar su autenticidad, las Apostillas y legalizaciones con validez internacional emitidas por la Argentina pueden ser verificadas (descargadas) en el sitio web que figura en la legalización: www.argentina.gob.ar/relacionesexterioresyculto/legalizacion-internacional (se ingresa la información que figura en la apostilla o legalización para poder descargar el documento).

Documentos públicos extranjeros que van a presentarse en el país.

Para que los documentos públicos extranjeros tengan validez en Argentina, deben estar apostillados en su país de origen. Una vez traducidos, no necesitan ser apostillados nuevamente.

Contact Us

We're not around right now. But you can send us an email and we'll get back to you, asap.

Not readable? Change text. captcha txt